Videovigilancia en el trabajo
- info489793
- 27 ago 2020
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El TEDH modifica su criterio y entiende ahora que, en el caso de las cajeras que fueron pilladas robando mediante cámaras ocultas, no se ha vulnerado el respeto a su vida privada. La instalación de las cámaras por la empresa resultó proporcionada y legítima, en tanto le estaba provocando cuantiosas pérdidas y tenía sospechas fundadas de la actuación de las despedidas. No se tendrá que indemnizar por daños morales. STA TEDH 17-10-2019
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