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PROFESIONALES Y CONSEJEROS DE EMPRESA

RIVES & LOZANO

Despido disciplinario

  • Foto del escritor: info489793
    info489793
  • 29 jul 2020
  • 1 Min. de lectura

Despido disciplinario de quien no se reincorpora tras agotamiento de IT y denegación de la IP aunque impugne esta resolución. Despido procedente del trabajador que agotada la IT y denegada la IP, no se reincorpora a la empresa. La resolución de la gestora sobre el agotamiento de la IT pone fin a la suspensión de la relación laboral, aunque se impugne dicha resolución. No hay defecto de forma en la comunicación cuando la empresa intenta notificar por escrito en dos ocasiones el despido, vía burofax, en la dirección que consta en nómina y no hay constancia de que el trabajador hubiera cambiado de domicilio. STA TSJ Cantabria 10-12-2019


 
 
 

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