top of page
PROFESIONALES Y CONSEJEROS DE EMPRESA

RIVES & LOZANO

Comunicaciones a trabajadores a través de whatsapp

  • Foto del escritor: info489793
    info489793
  • 24 sept 2019
  • 1 Min. de lectura

Conductor al que su encargado le comunica por whatsapp que cambie de turno de trabajo para sustituir a otro compañero durante las vacaciones. Esta comunicación no supone una modificación sustancial de las condiciones laborales que pueda dar lugar a una extinción indemnizada. Además de no ser esta vía una comunicación válida para modificación contractual, faltarían las dos notas caracterizadoras: no es sustancial, en tanto la medida es temporal para organizarse durante las vacaciones; y tampoco se ha impuesto, porque consta en el whatsapp que el encargado preguntaba “¿qué vas a hacer? ¿ vas a ir de noche o de mañana? Y el empleado ni siquiera contestó. No hay una novación contractual impuesta. STA Juzgado Social de Oviedo 05-06-2018


 
 
 

Comments


Entradas destacadas
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page